Urbagestión propone al Ayuntamiento de Madrid integrar el piso de Maricarmen en el programa Reviva

Urbagestión plantea a la EMVS integrar el piso de Maricarmen Abascal en el programa Reviva de Madrid como alternativa habitacional estable tras el desahucio.

Documento y plano arquitectónico en una mesa sobre la propuesta habitacional en Madrid
Imagen de referencia original sin edición IA. Fuente: dem_capt23.

Una propuesta de urgencia para el regreso de Maricarmen

La empresa Urbagestión Desarrollo e Inversión SL ha presentado una propuesta de urgencia al Ayuntamiento de Madrid para que Maricarmen Abascal, la octogenaria desalojada recientemente de su domicilio tras 71 años de residencia, pueda regresar a la vivienda situada en el número 46 de la calle Alcalde Sainz de Baranda. La iniciativa busca articular una alternativa habitacional estable y asequible mediante la integración del inmueble en el Urbagestión programa Reviva Madrid, gestionado por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS).

Desde la compañía se han puesto a disposición tanto de la EMVS como de los servicios sociales municipales para agilizar la resolución del expediente en el menor plazo posible. Este movimiento surge tras semanas de tensiones institucionales y sociales en torno al desalojo de la inquilina, un caso que ha polarizado el debate sobre la gestión del parque residencial en la capital y las fórmulas de colaboración público-privada.

El contexto legal y el posicionamiento de la empresa

En relación con el marco jurídico, Urbagestión ha querido matizar su posición institucional en el mercado inmobiliario madrileño. La firma subraya que no es propietaria del edificio completo de la calle Alcalde Sainz de Baranda, sino que adquirió a la anterior dueña exclusivamente la vivienda concreta que ocupaba la afectada, siendo este inmueble el único activo residencial que posee en propiedad en la actualidad.

La situación judicial quedó marcada tras el auto dictado por el Tribunal Supremo, que inadmitió el recurso de casación interpuesto por la defensa de la vecina y confirmó la extinción de su contrato de arrendamiento, una resolución firme desde diciembre de 2023. Según la mercantil, tras este pronunciamiento judicial intentaron propiciar una salida voluntaria pactada, incluyendo ofertas para formalizar un nuevo contrato de alquiler con una renta situada entre un 40% y un 50% por debajo de los precios medios de mercado en la zona.

Asimismo, la entidad se ha pronunciado sobre las muestras de apoyo externas recibidas en los últimos días, como la intervención del pianista James Rhodes, quien manifestó su intención de sufragar el coste de la renta e incluso planteó la compra de la propiedad. La empresa ha agradecido públicamente estas iniciativas solidarias, pero ha precisado que dichos correos electrónicos llegaron con posterioridad al lanzamiento judicial —efectuado los días 23 y 24 de septiembre— y coincidieron con una saturación masiva de sus servidores de correo electrónico debido a una avalancha de comunicaciones. En este sentido, la compañía ha zanjado cualquier especulación comercial reiterando de manera firme que «la vivienda no está en venta».

Cómo funciona el programa Reviva de la EMVS

Para desbloquear el retorno de la afectada, Urbagestión Desarrollo e Inversión ha propuesto adscribir el piso a los mecanismos públicos impulsados por el consistorio madrileño. El programa Reviva, pilotado por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo del Ayuntamiento de Madrid EMVS, tiene como objetivo fundamental movilizar el parque privado desocupado para transformarlo en vivienda protegida, incrementando así la oferta social disponible en la ciudad.

El esquema del ayuntamiento ofrece precios de mercado para incentivar a los titulares de bienes inmuebles a ceder la gestión o vender bajo condiciones reguladas. Para que una vivienda sea admitida en esta iniciativa pública, debe cumplir una serie de requisitos técnicos rigurosos: estar ubicada estrictamente en el término municipal de Madrid, encontrarse vacía, disponer de un óptimo estado de conservación y contar con un mínimo de un dormitorio, respetando siempre las directrices fijadas por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM).

Adicionalmente, la normativa del programa exige que los inmuebles se sitúen sobre rasante y que, en ausencia de ascensor en el edificio, no superen una tercera planta de altura. Las bases también estipulan que las casas deben haber superado favorablemente la Inspección Técnica de Edificios (ITE), mantenerse al corriente en el pago de las cuotas comunitarias y disponer de todos los suministros básicos de luz, agua y gas debidamente dados de alta. Con esta vía administrativa sobre la mesa, la decisión final recae ahora sobre los organismos municipales, que deberán evaluar la viabilidad técnica y jurídica de integrar este recurso habitacional específico dentro de la red pública.

Fuentes consultadas

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